La Prefectura Naval Argentina (PNA) intimó a 536 trabajadores del servicio de practicaje y pilotaje a retomar de forma inmediata sus funciones en puertos, ríos, canales y pasos navegables del país, en medio del conflicto generado por la implementación del nuevo régimen de desregulación impulsado por el Gobierno nacional.
La medida fue oficializada mediante un edicto publicado en el Boletín Oficial, en el que el organismo, como autoridad de aplicación del Decreto 690/2026, ordenó a los profesionales reincorporarse para garantizar el normal funcionamiento del servicio.
La intimación de Prefectura a los trabajadores
En el documento, la Prefectura notificó e intimó a los 536 prácticos y pilotos a la "inmediata puesta a disposición de sus servicios profesionales", con el objetivo de cumplir de manera regular las funciones establecidas por el nuevo marco normativo que reemplaza al régimen vigente desde 1991.
La decisión se conoció luego de que distintos sectores del practicaje rechazaran la reforma impulsada por el Gobierno de Javier Milei, situación que derivó en demoras en la operatoria de embarcaciones en distintos puertos del país.
Qué sanciones podrían recibir quienes no acaten la orden
El organismo advirtió que quienes incumplan la intimación podrán ser alcanzados por las sanciones disciplinarias previstas en el Anexo I del Decreto 690/2026, al considerar una falta grave la negativa a prestar el servicio.
Además, señaló que las conductas también podrían ser evaluadas en el marco del Decreto 37/2025 (REGINAVE), que contempla sanciones administrativas para este tipo de incumplimientos.
La advertencia sobre posibles delitos penales
Más allá de las sanciones administrativas, la Prefectura sostuvo que cualquier medida destinada a interrumpir el servicio de practicaje y pilotaje podría derivar en responsabilidades penales.
En ese sentido, el organismo recordó que el artículo 190 del Código Penal prevé penas de entre dos y ocho años de prisión para quienes ejecuten actos que pongan en peligro la seguridad de una nave o construcción flotante.
También mencionó el artículo 194, que establece penas de tres meses a dos años de prisión para quienes impidan, obstaculicen o entorpezcan el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o de servicios públicos esenciales.
Continúa el conflicto por la desregulación del sector
La intimación se produce en un contexto de fuerte tensión entre el Gobierno y los trabajadores del sector, que cuestionan el nuevo régimen establecido por el Decreto 690/2026.
Mientras el Ejecutivo busca avanzar con la desregulación del practicaje y pilotaje, los trabajadores mantienen su rechazo a la reforma, en un conflicto que ya comenzó a impactar en la actividad portuaria y que ahora suma la advertencia de posibles sanciones administrativas y penales por parte de la Prefectura Naval Argentina.